Argentina sube los impuestos indirectos a las apuestas online
Viernes 03 de Junio 2022 / 14:04
⏱ 2 min de lectura
(Argentina).- El Gobierno argentino incrementó la alícuota del impuesto indirecto sobre apuestas online del 2% vigente hasta ahora hasta un rango que va del 2,5% al 15%, según la condición del sujeto organizador o explotador.
A través del decreto 293/2022 publicado este jueves en el Boletín Oficial, se dispuso una actualización de impuesto indirecto en este segmento, considerando el tiempo que llevaba la anterior alícuota.
El Impuesto Indirecto sobre apuesta online fue fijado en diciembre de 2016 mediante la ley 27.346, que determinó una alícuota del 2% sobre el valor bruto de cada apuesta.
Al mismo tiempo, facultó al Poder Ejecutivo a incrementarla hasta un 50%, pero también a disminuirla o dejar el gravamen transitoriamente sin efecto.
Unos años más tarde, en el marco de la ley de Presupuesto 2021 se creó el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas, aunque en el decreto 293/2022 publicado hoy se explicitaron "ciertos aspectos reglamentarios a los efectos de lograr una correcta aplicación".
CUÁLES SON LOS FUNDAMENTOS DE LA NORMA
"Dadas las complejidades de gravar el juego y las apuestas online, resulta necesaria una regulación dinámica que permita su adaptación a la par de la evolución de las operaciones de que se trata y de las diferentes modalidades que puedan presentarse", destacó en sus considerando el decreto.
Por ese motivo, se consideró "pertinente incrementar en el referido porcentaje las alícuotas establecidas", cuando se trate de sujetos no inscriptos en el registro.
CUÁL ES EL RANGO DE LAS ALÍCUOTAS A APLICAR:
- Sujetos residentes en Argentina e inscriptos en el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas: 5%.
- Si esos sujetos demuestran contar con un capital invertido por única vez superior a los $ 200 millones a partir del ejercicio económico cerrado el 1º de enero de 2021, un incremento del 20% de la dotación del personal empleado en relación de dependencia con un mínimo de 20 empleados, o 30 si se inscriben a partir de la reglamentación: 2,5%.
- Sujeto organizador residente en la Argentina sin estar inscripto en el registro: 7,5%.
- En caso de no mediar la intervención de un sujeto del país: 10%.
- Si el sujeto del exterior no se encuentra inscripto en el registro o está radicado en jurisdicciones "no cooperantes" o "de baja o nula tributación": 15%.
Categoría:Gaming
Tags: Sin tags
País: Argentina
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