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Legislacion

Castilla y León avanza en la protección y seguridad jurídica del juego y las apuestas

Viernes 21 de Marzo 2025 / 12:00

2 minutos de lectura

(Castilla y León).- La Junta acuerda la creación de la Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable que amparará más y mejor a los más vulnerables.

Castilla y León avanza en la protección y seguridad jurídica del juego y las apuestas

El Gobierno regional ha dado luez verde este jueves a dos decretos relacionados con el ámbito del juego y de las apuestas: el Decreto por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable de Castilla y León, y el Decreto por el que se aprueba el Reglamento regulador de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias con fines publicitarios de la comunidad.

Objetivo: evitar la aparición de conductas problemáticas relacionadas con el juego y las apuestas, en especial entre la población más vulnerable, y seguir dando seguridad jurídica a los usuarios y al sector empresarial, tanto al que se dedica específicamente a la actividad económica del juego, como a aquel que incluya entre sus actividades la celebración puntual de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias.

En cuanto al primero de los decretos que desarrolla la Ley del Juego aprobada el año pasado, supone la creación de la Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable como encargado de coordinar las políticas de la Junta en materia de juego responsable, analizar el sector del juego y su impacto en la sociedad, y promover acciones de sensibilización y buenas prácticas entre la población, sobre todo la más vulnerable.

Este organismo no conllevará ningún coste económico y tiene encomendada como tarea principal la elaboración de la Estrategia de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico de Castilla y León, documento en el que se abordarán diferentes medidas coordinadas entre los integrantes de la Comisión Técnica, de cara a prevenir el consumo problemático.

Estará presidida por la directora general de Relaciones Institucionales, estarán representados los centros directivos de la Junta de Castilla y León en materia de salud pública, protección de menores, educación, juventud y servicios sociales, y contará con la participación de un representante de la Federación Regional de Municipios y Provincias, de las asociaciones de jugadores patológicos rehabilitados, y del sector empresarial del juego y las apuestas.

La Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable será constituida en el plazo máximo de un mes, y se reunirá de forma periódica al menos una vez al año, o en plazo más breve si así lo solicitan sus miembros.

Y en lo que respecta al segundo decreto, dirigido a regular las rifas, las tómbolas y las combinaciones aleatorias con fines publicitarios se pretende clarificar los requisitos que han de cumplirse de cara a obtener la autorización para su celebración, así como el régimen normativo al que quedan sometidas y su régimen sancionador, conforme a la Ley del Juego de Castilla y León. Con todo ello, el Gobierno Autonómico completa la creación de un marco normativo que otorga seguridad jurídica a todas aquellas personas o empresas que quieran organizar o participar en estos juegos.

En primer lugar, se definen las rifas como los sorteos de un objetivo específico, no canjeable por dinero, entre quienes compran uno o varios billetes o papeletas. Por su parte, las tómbolas consisten en el sorteo simultáneo de varios objetos expuestos al público, no canjeables por dinero, y también mediante el sistema de billetes o papeletas. Tanto las rifas como las tómbolas pueden tener carácter benéfico o pueden destinar el importe de sus beneficios a fines de utilidad pública o de interés particular. Por último, las combinaciones aleatorias con fines publicitarios son sorteos promocionales para los consumidores de productos o servicios, sin sobrecoste asociado, donde se pueden ganar premios en dinero, especie o servicios.

A partir de ahora, estas actividades quedan sujetas al cumplimiento de una serie de requisitos de organización, destinados a garantizar la transparencia en su celebración y a promover su realización de forma moderada, siempre prensando en la protección del consumidor. Por eso, se establece, entre otras cuestiones, que los premios deban estar previamente adquiridos por el organizador, o que las rifas y las tómbolas solo puedan realizarse de manera ocasional y no como la actividad principal de una empresa.

Además, todas las rifas y tómbolas (excepto las benéficas con premios inferiores a 3.000 euros) quedan sujetas a autorización administrativa previa, en cuya solicitud los organizadores incluirán las bases del sorteo, la relación de premios, el modo de adjudicación, y las necesarias medidas de transparencia y control por parte de la organización para evitar fraudes en el proceso.

Y en el caso de las combinaciones aleatorias con fines publicitarios, debido a su alto volumen de celebración, será suficiente con la presentación de una comunicación administrativa previa a su celebración, que, en todo caso, deberá contar con los mismos elementos, y que será un documento vinculante en caso de que cualquier ciudadano quiera plantear sus quejas o ejercer sus derechos.

Categoría:Legislacion

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País: España

Región: EMEA

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