Legislacion

El Congreso español vota este jueves la modificación de la Ley del Juego

Lunes 12 de Septiembre 2022 / 13:42

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(Madrid).- El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá en su sesión del jueves el dictamen favorable que la Comisión de Sanidad y Consumo emitió el pasado 27 de junio sobre el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

El Congreso español vota este jueves la modificación de la Ley del Juego

En la iniciativa, que actualiza la Ley de regulación del juego, se considera “muy conveniente" que entre las funciones de la Comisión Nacional de Juego esté la de “reforzar” la capacidad de evaluación de la autoridad reguladora a la hora de “contrastar” la eficacia de las medidas sobre juego responsable o seguro exigibles a los operadores.


En este sentido, se añade un apartado 16 al artículo 21 de la Ley de 2011, que incorpora a las funciones de la Comisión Nacional del Juego la de "proteger” a los grupos de jugadores “en riesgo" evaluando la eficacia de las medidas sobre "juego responsable o más seguro" dirigidas a estos colectivos que, "en cumplimiento de las obligaciones regulatorias que sean de aplicación, deban desarrollar los operadores de juego".


Asimismo, se añade una disposición adicional novena relativa al Servicio de investigación global del mercado de apuestas, gestionado por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), que será responsable del tratamiento de datos de carácter personal que se realicen y cuyo fin es la “prevención y lucha” contra el “fraude” en el mercado de apuestas deportivas y la “manipulación” en competiciones de este tipo, por medio del “oportuno intercambio de información entre sus participantes”.


SERVICIO DE INVESTIGACIÓN DEL MERCADO


Dicho servicio se configura como una “red de cooperación interactiva y accesible” por vía telemática a la que podrán adherirse el Consejo Superior de Deportes, las federaciones deportivas, las ligas profesionales y los operadores de juego, que, según el texto, “colaborarán” con la DGOJ informando sobre aquellos hechos que consideren “susceptibles o sospechosos” de constituir un “fraude” en el ámbito de las apuestas deportivas.


Estas entidades dispondrán de acceso “exclusivamente” a aquellos datos de carácter personal que hubieran aportado y la participación en el servicio por parte del Consejo Superior de Deportes, de las federaciones deportivas y de las ligas profesionales se realizará mediante la suscripción de convenios con la DGOJ, mientras que los operadores de juego se adherirán mediante una resolución de dicho organismo.


Por su parte, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tendrán la condición de “cesionarias” de los datos personales que les sean facilitados por la DGOJ a través de este servicio y en el mismo se podrán tratar datos relativos a la identidad de las personas sobre las que existan “indicios” de haber incurrido en “algún tipo de comportamiento o práctica fraudulenta”; datos identificativos de terminales y dispositivos de conectividad; datos relativos a la competición, equipo y eventos concretos en los que participen; domicilio y datos de contacto; información sobre su actividad de juego.


Los datos personales que trate el servicio no serán conservados “más allá del tiempo que sea necesario” para “verificar la irregularidad de la conducta” y “en ningún caso” serán conservados durante un periodo superior a un año desde su obtención.


Además, para impedir que se “obstaculicen” las investigaciones de este servicio de investigación y evitar “perjuicios sobre la detección, investigación y enjuiciamiento de las infracciones”, la DGOJ podrá “restringir” los derechos de “acceso, rectificación, limitación, supresión, oposición y portabilidad” respecto al tratamiento de datos en el mismo.


Fue el pasado 15 de marzo cuando el Consejo de Ministros aprobó una modificación de la Ley de regulación del juego que, entre otras medidas, refuerza el control sobre la manipulación de competiciones deportivas y el fraude en las apuestas, al entender que se trata de un fenómeno que “atenta” contra los “valores esenciales” del deporte y “aleja de su entorno a aficionados y seguidores”.

Categoría:Legislacion

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País: España

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