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Legislacion

El sector pide una moratoria de la ley que limita la distancia entre salones de juego

Lunes 06 de Noviembre 2023 / 12:00

2 minutos de lectura

(Valencia).- Seis organizaciones reclaman la suspensión cautelar de los artículos de la ley autonómica que obligan a mantener una separación mínima entre locales hasta que se pronuncie Europa

El sector pide una moratoria de la ley que limita la distancia entre salones de juego

Que no se revoque ninguna licencia hasta que los tribunales, tanto los de ámbito autonómico como los europeos, se pronuncien. Es la reclamación que entidades vinculadas al sector del juego y la hostelería han presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana

Hasta seis empresas y organizaciones han solicitado medidas cautelares para que la aplicación de la ley del Juego no implique la suspensión de licencias, evitar así «situaciones irreversibles» y que las futuras sentencias tengan «plena eficacia»

La ley del Juego se aprobó en las Corts en 2020, se comenzó a aplicar en 2021 después de que el anterior Consell promulgase el decreto que despliega su normativa y espera desde hace dos años una resolución de los tribunales ante los recursos presentados por el sector.

El mes pasado, ante uno de estos, el TSJCV elevó una cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, preguntando si el marco de la ley se ajusta al derecho comunitario en lo que respecta a los principios de proporcionalidad, libertad de empresa y unidad de mercado.

La sección cuarta de la sala de lo contencioso del TSJ valenciano alberga serias dudas sobre el impacto de la norma en el derecho comunitario, pero quiere escuchar a los magistrados europeos antes de emitir un fallo. Y es en este periodo de espera, que las asociaciones y mercantiles denunciantes calculan en otros dos años de demora, en el que solicitan como medida cautelar la «suspensión de la aplicación de los artículos 4, 5, 6 y 9» del decreto que pone en marcha la ley del Juego así como las disposiciones adicionales segunda y décima de la norma y el artículo 45.5.

Nuevas solicitudes

La mirada está puesta en el cumplimiento de la distancia mínima de 500 metros entre salones de juego y de 850 metros entre estos y los centros educativos, una de las medidas estrellas de la ley.

Precisamente los artículos que se reclaman son aquellos que regulan la solicitudes de autorización de nuevos establecimientos de salones de juego y locales de apuestas, las autorizaciones para la renovación de licencias de aquellos que no cumplan los requisitos de la distancia, las que afectan a la instalación de máquinas de juego (o su sustitución), la moratoria para las nuevas autorizaciones o el régimen transitorio de las ya concedidas con la normativa anterior.

En este sentido, la petición de la suspensión cautelar de estos puntos supondría a efectos prácticos que no se pudiera revocar ninguna licencia por incumplir las distancias mínimas señaladas en la ley. Ahora mismo, tal como se enmarca en la norma, todos los salones de juego pueden continuar con su actividad siempre y cuando sus permisos se encuentren en vigor. Es con la renovación de estas autorizaciones donde entra la posibilidad de que estas licencias sean revocadas, cuestión que el recurso judicial de medidas cautelares quiere evitar.

En la normativa que actualmente se encuentra en vigor también se indica que por un período máximo de cinco años desde la entrada en vigor de la ley «se establece la suspensión de nuevas autorizaciones de establecimientos de juego, así como de nuevas autorizaciones de explotación de máquinas de tipo B o recreativas con premio, destinadas a ser instaladas en locales de hostelería o similares». Este es otro de los puntos que se incluye entre las solicitudes de suspensión cautelar.

«Garantizar la eficacia»

En el texto presentado ante el Alto tribunal valenciano, se señala que si se accede a la medida solicitada «se estaría dando adecuado cumplimiento al Principio de Seguridad Jurídica (...) ya que tales preceptos dejarían de desplegar sus efectos en tanto exista certeza en cuanto a cuál es la legalidad vigente en materia de renovación de autorizaciones de instalación de salones de juego, así como de instalación y sustitución de máquinas de tipo B (...) impidiendo que se produzcan situaciones irreversibles o de difícil y costosa reversibilidad, tanto para el administrado como para la Administración recurrida».

Según expresan fuentes del sector, que la normativa continúe en vigor pese a que existan posibilidades de que los tribunales la tumben podría dejar una futura sentencia como «vacía». De hecho, en el texto se reclama esta suspensión para «garantizar la plena eficacia de la resolución que deba dictar acerca de la existencia de los derechos invocados».

Así, aseguran que la no renovación de las licencias «no tendría marcha atrás» por mucho que posteriormente la Justicia permitiera su actividad y que la posibilidad de los cierres afecta ya directamente al sector porque el temor al cese de sus actividades impide la inversión en mantenimiento de sus locales, perjudicando su desarrollo.

Categoría:Legislacion

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País: España

Región: EMEA

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