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Legislacion

La ex-CAPRESCA aceptó someterse a los tribunales misioneros

Lunes 21 de Abril 2025 / 12:00

2 minutos de lectura

(Misiones).- El convenio entre la Caja de Crédito y el organismo misionero establece la jurisdicción de esa provincia para solucionar los conflictos.

La ex-CAPRESCA aceptó someterse a los tribunales misioneros

El convenio entre la Caja de Crédito y Prestaciones Provincial de Catamarca (Ex-CAPRESCA) y el Instituto de Lotería y Casinos Sociedad del Estado (IPLyCSE) de Misiones para la instalación de terminales de videoloterías en el interior provincial sigue generando polémicas. Ahora se conoció que en base al instrumento firmado a finales del año pasado, la ex-CAPRESCA se deberá someter a la jurisdicción misionera para la solución de cualquier conflicto legal que tenga con su socio para la puesta en marcha del convenio. Es decir, que por cualquier problema que surja entre los dos organismos por el sistema de videoloterías, la resolución del conflicto se dará en los tribunales misioneros.

El convenio entre la ex-CAPRESCA y el IPLyCSE quedó en el ojo de la tormenta luego de que se conociera que el organismo misionero se queda con casi el 70% de las ganancias, entre otros puntos que no favorecerían a la Provincia. En este sentido, la oposición presentó un pedido de informes para conocer más detalles de este convenio.

Sobre la resolución de conflictos judiciales entre los dos organismos que llevan a delante el programa, esta cuestión está prevista en la cláusula 18 del convenio firmado por las partes. Dicho punto, textualmente establece: "Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de Justicia Civil ordinaria de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, República Argentina".

Esta cláusula, que no deja lugar a dudas, se complementa con otro punto del convenio que también coloca en una suerte de desventaja a la Caja de Créditos catamarqueña. Se trata de la cláusula 14 que establece: "El IPLyCSE se reserva la facultad de realizar auditorías respecto del control administrativo, contable, financiero y demás cuestiones operativas del convenio, y a esos fines La Caja se compromete a poner a disposición toda la documentación y demás que a esos fines se le requiera".

Entre los otros puntos del convenio se establece que la Caja de Prestaciones solo se quedará con un 32% de las ganancias, mientras que el 68% restante se lo reparte el IPLyCSE de Misiones y el "permisionario" que seleccionó esta entidad para poner en marcha las más de 400 máquinas que se pondrán en el interior provincial. Con su parte, la ex-CAPRESCA debe abonar la comisión a los agencieros catamarqueños.

Además, el convenio establece que el contrato tiene una vigencia de 10 años, entre el 13 de noviembre de 2024 y el 12 de noviembre de 2034.

Ante la polémica que generó el convenio, la presidenta del directorio de la ex-CAPRESCA, Daniela Díaz, salió en defensa del programa. En cuanto a las preocupaciones sobre el porcentaje de ganancias y duración del acuerdo, Díaz aclaró que "los porcentajes son comunes en todo el país y están establecidos por el instituto de Misiones". En ese marco, remarcó que La Caja cobra una comisión por los servicios de cobro y logística, lo que permite a los agencieros obtener ingresos adicionales.

A su vez, Díaz enfatizó que las máquinas son instaladas bajo estrictos controles, que incluyen el aviso del tiempo de juego y la responsabilidad del agenciero para verificar la edad de los usuarios. "Hemos trabajado en capacitaciones para prevenir el acceso de menores de 18 años y fomentar un juego responsable", destacó.

En base a este convenio es que la oposición presentó un pedido de informes respecto del proceso administrativo, técnico y contractual mediante el cual se adjudicó este contrato.

 

Categoría:Legislacion

Tags: Sin tags

País: Argentina

Región: Sudamérica

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