Legislacion

Entre Ríos retoma debate sobre la regulación de apuestas en línea

Miércoles 19 de Marzo 2025 / 12:00

⏱ 2 min de lectura

(Paraná).- Hoy se llevará a cabo una sesión de diputados para tratar dos proyectos: uno propone crear un registro provincial de apostadores y otro, la regulación del desarrollo y explotación de la actividad de juegos de azar y de apuestas deportivas o pronósticos deportivos en línea, con modalidad virtual.

Entre Ríos retoma debate sobre la regulación de apuestas en línea

La Cámara de Diputados de la provincia retomará el debate de dos proyectos que pretenden regular los juegos de apuesta en línea. Uno, del diputado libertario, Carlos Alberto Damasco, propone crear un Registro Provincial de Apostadores On Line, en el que se consignarán “de forma certera la edad e identidad de los apostadores”. Damasco presentó su proyecto el 28 de agosto de 2024.

El otro proyecto de ley, de autoría de la diputada oficialista, Carolina Susana Streitenberger, propone “la regulación del desarrollo y explotación de la actividad de juegos de azar y de apuestas deportivas y/o pronósticos deportivos en línea y/o con modalidad virtual, que se lleven a cabo a través de medios y/o plataformas digitales, electrónicas, informáticas, telemáticas, interactivas, de telecomunicación y/o los que en el futuro se desarrollen. Como asimismo la prevención y abordaje integral de la ludopatía en línea”. Streitenberger ingresó su proyecto a la Cámara Baja el 8 de octubre de 2024.

Ambos proyectos proponen que la autoridad de aplicación sea el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas). El proyecto de Streitenberger propone queden fuera de la regulación detallada en el proyecto “aquellos juegos que incluyan la realización de sorteos Físicos, como la Tómbola, Quiniela y demás juegos Ictéricos, en donde el uso de sistemas de captación electrónica sólo constituye un medio de comercialización: rigiéndose los mismos por las normativas vigentes en cada caso”.

Asimismo, incluyó “los juegos o competiciones de puro ocio, pasatiempo o recreo que constituyan usos sociales, siempre que éstos no produzcan transferencias económicamente evaluables, salvo el precio por la utilización de los medios precisos para su desarrollo y cuando éste no constituya en medida alguna, un beneficio económico para el promotor o los operadores”.

En cuanto a la participación de menores, insta a que quede “prohibida la participación de menores de 18 años en dichas actividades de apuesta en línea, salas de juegos o casinos virtuales”. (APFDigital)

Categoría:Legislacion

Tags: Sin tags

País: Argentina

Región: Sudamérica

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