Brasil: La Oficina de Premios y Apuestas define las reglas para la obtención del dominio .bet.br
Martes 05 de Noviembre 2024 / 12:00
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(Brasilia).- La Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda (SPA/MF) publicó hoy en el Diario Oficial de la Unión (DOU) la Instrucción Normativa SPA/MF nº 11/2024 que reglamenta el registro del dominio «bet.br» para uso en los canales electrónicos de los operadores de lotería de probabilidades fijas.
Después de recibir la notificación de la autorización de la SPA/MF para operar, los operadores de apuestas en línea deberán presentar una solicitud de registro del dominio 'bet.br' en el sitio web Registro.br (https://registro.br/) dirigida al Centro de Información y Coordinación del Punto BR - NIC.br.
Las solicitudes deberán ajustarse a las normas establecidas por el Centro de Información y Coordinación del Ponto BR (NIC.br) para la contratación del servicio e indicar los registros de dominio 'bet.br' correspondientes, como máximo, al número total de marcas a explotar mediante autorización de la Oficina de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda.
La SPA/MF examinará las solicitudes de registro de dominios 'bet.br' registradas en el Centro de Información y Coordinación de Puntos BR - NIC.br por los operadores y comprobará los siguientes criterios: fecha de registro de la solicitud de registro posterior a la fecha de la notificación de autorización e indicación de los registros de dominio 'bet.br' correspondientes a las marcas a explotar mediante autorización de la SPA/MF.
Además, el uso de la tecnología de registro DNSSEC (Domain Name System Secutity Extensions) es obligatorio para el registro de dominios «bet.br».
En caso de decisión desfavorable sobre la solicitud por parte de la Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda tras examinar los criterios, los operadores de apuestas serán notificados por el Centro de Información y Coordinación de Ponto BR - NIC.br, y podrán presentar recurso a la dirección electrónica cgs.spa@fazenda.gov.br en un plazo de hasta quince días a partir de la fecha de recepción de la comunicación.
Las controversias derivadas del registro de nombres de dominio 'bet.br' entre operadores de apuestas se resolverán a través del Sistema Administrativo de Controversias en Internet Relativas a Nombres de Dominio bajo el '.br' (SACI-Adm), de conformidad con el contrato de registro de nombres de dominio bajo el '.br', disponible en la dirección electrónica https://registro.br/dominio/contrato/, y con el Reglamento de dicho Sistema, disponible en la dirección electrónica https://registro.br/saci-adm/.
Los dominios 'bet.br' registrados deberán ser informados por los operadores de apuestas en un ámbito específico del Sistema de Gestión de Apuestas - SIGAP de la Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda en el plazo de cinco días a partir de la fecha de registro.
Las solicitudes de modificación de registros de dominios 'bet.br' ya aprobados seguirán los procedimientos definidos por el Centro de Información y Coordinación de Puntos BR - NIC.br, con sujeción a lo dispuesto en la presente Instrucción Normativa.
Categoría:Juegos Online
Tags: Sin tags
País: Brasil
Región: Sudamérica
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